CONDICIONES GENERALES

Condiciones generales para las tiendas online
Las presentes Condiciones Generales de la Organización Española de Tiendas Online han sido elaboradas en consulta con la Asociación de Consumidores en el marco del Grupo de Coordinación de Autorregulación (CZ) del Consejo Económico y Social y entrarán en vigor el 1 de junio de 2014.

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones, los siguientes términos tendrán el siguiente significado:

  1. Contrato accesorio: contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia y estos productos, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el comerciante o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el comerciante;
  2. Periodo de gracia: El periodo en el que el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento;
  3. 3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión
  4. Día: día natural;
  5. Contenido digital: datos que se producen y suministran en forma digital;
  6. Contrato de duración indefinida: contrato que prevé la entrega periódica de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un periodo de tiempo determinado;
  7. Soporte duradero: todo instrumento -incluido el correo electrónico- que permite al consumidor o al empresario almacenar la información que se le dirige personalmente, de forma que se pueda consultar o utilizar en el futuro durante un periodo de tiempo adaptado a la finalidad a la que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
  8. Derecho de desistimiento: posibilidad de que el consumidor renuncie al contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
  9. Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de la tienda online y ofrece productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios a los consumidores a distancia
  10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el comerciante y un consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, en el que se hace un uso único o conjunto de una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta el momento de la celebración del contrato;
  11. Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas Condiciones Generales; no es necesario presentar el Anexo I si el Consumidor no tiene derecho de desistimiento con respecto a su pedido;
  12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que estar juntos en la misma sala al mismo tiempo.

Artikel 2 – Identiteit van de ondernemer

Nombre del empresario: las-lunas.es

Actuando bajo el nombre(s):

  • las-lunas.es

Dirección del establecimiento:

o couto 22
36750 Tomiño

Número de teléfono: 0648498252

Accesibilidad:

24-7 horas

Dirección de correo electrónico: info@las-lunas.es
Número de IVA: Y5006192A

Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a cualquier oferta del empresario y a cualquier acuerdo alcanzado a distancia entre el empresario y los consumidores.
  2. Antes de celebrar el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no es razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia, el Empresario indicará de qué manera se pueden inspeccionar las Condiciones Generales en los locales del Empresario y que, a petición del Consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, en contra de lo dispuesto en el párrafo anterior, y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por medios electrónicos de forma que éste pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia, se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán al consumidor de forma gratuita, a petición suya, por vía electrónica o de otra forma.
  4. En caso de que además de estas condiciones generales se apliquen también condiciones específicas del producto o del servicio, el segundo y tercer párrafo se aplicarán mutatis mutandis y el consumidor, en caso de condiciones contradictorias, siempre se basará en la disposición aplicable que le sea más favorable.

Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene una duración limitada o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.
  2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para que el consumidor pueda evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son un fiel reflejo de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores evidentes en la oferta no vincularán al empresario.
  3. Cada oferta contiene la información necesaria para que el consumidor tenga claro qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El acuerdo

  1. El contrato se celebra, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y se cumplen las condiciones de la misma.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación electrónica de la oferta. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
  3. Si el acuerdo se crea electrónicamente, el empresario tomará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
  4. El comerciante puede, dentro de los límites de la ley, recabar información sobre la capacidad del consumidor para cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre hechos y factores importantes para la conclusión responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene una buena razón para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar un pedido o una solicitud, indicando los motivos, o a imponer condiciones especiales para su ejecución.
  5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:

a. la dirección del establecimiento comercial del comerciante donde el consumidor puede presentar sus reclamaciones;
b. las condiciones y el modo en que el Consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
c. la información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
d. el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los costes de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia
e. los requisitos para cancelar el contrato si éste tiene una duración superior a un año o es indefinido
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.

  1. En el caso de una transacción a largo plazo, la disposición del párrafo anterior se aplica únicamente a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Para los productos:

  1. El consumidor puede rescindir un acuerdo relacionado con la compra de un producto durante un periodo de desistimiento de 14 días sin dar ninguna razón. El empresario puede preguntar al consumidor sobre el motivo del desistimiento, pero éste no está obligado a dar sus razones.
  2. El periodo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor, o de un tercero designado previamente por el consumidor y que no sea el transportista, o:

a. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último producto. El empresario puede, siempre que haya informado claramente al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con un plazo de entrega diferente.
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último envío o la última parte;
c. en el caso de los contratos de entrega periódica de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el primer producto.

Para los servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte tangible:

  1. El consumidor puede rescatar un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenidos digitales no suministrados en un soporte tangible durante 14 días sin dar ninguna razón. El comerciante puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a dar sus razones.
  2. El periodo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.

Ampliación del periodo de reflexión para los productos, servicios y contenidos digitales que no se suministran en un soporte material en caso de que el consumidor no sea informado del derecho de desistimiento:

  1. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el periodo de reflexión expirará doce meses después de la finalización del periodo de reflexión original determinado de acuerdo con los apartados anteriores de este artículo.
  2. Si el comerciante ha facilitado al consumidor la información mencionada en el párrafo anterior en los doce meses siguientes a la fecha de inicio del periodo de reflexión original, el periodo de reflexión expirará catorce días después del día en que el consumidor haya recibido esta información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión

  1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y el envase con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del mismo. El punto de partida es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
  2. El consumidor sólo es responsable de la disminución de valor del producto que resulte de una forma de manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
  3. El consumidor no es responsable de la reducción del valor del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente requerida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de celebrar el contrato.
  4. Puede descargar el formulario de retirada aquí

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo

  1. Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al comerciante dentro del plazo de desistimiento mediante el modelo de formulario de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca.
  2. Tan pronto como sea posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor devuelve el producto o lo entrega a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. En cualquier caso, el consumidor ha cumplido el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el plazo.
  3. El consumidor deberá devolver el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje original, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
  4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento corresponderán al consumidor.
  5. El consumidor asume los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha informado de que el consumidor debe correr con estos gastos o si el empresario indica que debe correr con los gastos él mismo, el consumidor no tiene que correr con los gastos de devolución.
  6. Si el consumidor se da de baja después de haber solicitado explícitamente que la ejecución del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad, que no están preparados para la venta en un volumen limitado o en una cantidad determinada, comience durante el periodo de baja, el consumidor deberá al empresario una cantidad proporcional a la parte del compromiso cumplida por el empresario en el momento de la baja en comparación con la totalidad del compromiso.
  7. El consumidor no asumirá ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no estén listos para la venta en un volumen o cantidad limitados, o por el suministro de calefacción urbana, si:

a. el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, sobre el reembolso de los gastos en caso de desistimiento o sobre el modelo de formulario de desistimiento, o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o del suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de desistimiento.

  1. El consumidor no asume ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no suministrados en un soporte material si:

a. no ha consentido expresamente el inicio de la ejecución del contrato antes de que finalice el periodo de reflexión previo a su entrega;
b. no ha reconocido la pérdida de su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
c. el comerciante no ha confirmado esta declaración del consumidor.

  1. Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, todos los acuerdos adicionales se disolverán por efecto de la ley.

Artículo 9 – Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento

  1. Si el comerciante hace posible que el consumidor notifique su desistimiento por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo de esta notificación.
  2. El comerciante deberá reembolsar todos los pagos realizados por el consumidor, incluidos los gastos de envío que haya cobrado por el producto devuelto, sin demora pero en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el comerciante se ofrezca a recoger el producto él mismo, puede esperar con el reembolso hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, lo que ocurra primero.
  3. El comerciante utilizará el mismo medio de pago que el consumidor haya utilizado para el reembolso, a menos que éste acepte un método diferente. La devolución es gratuita para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el empresario no tendrá que reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

El comerciante puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero sólo si el comerciante ha indicado claramente este hecho al hacer la oferta, o al menos con tiempo suficiente antes de la celebración del contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio está vinculado a las fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene ninguna influencia y que pueden producirse dentro del plazo de desistimiento
  2. Contratos celebrados en subasta pública. Una subasta pública es un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el operador al consumidor que está presente o tiene la posibilidad de estar presente en la subasta, dirigida por un subastador y en la que el adjudicatario está obligado a comprar los productos, contenidos digitales y/o servicios;
  3. Los contratos de servicios, después de la ejecución completa del servicio, pero sólo si:

a. la ejecución se ha iniciado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento cuando el empresario ha ejecutado completamente el contrato;

  1. Viajes combinados según el artículo 7:500 del Código Civil contratos de transporte de pasajeros;
  2. Los contratos de servicios para la provisión de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos y que no sean para fines residenciales, el transporte de mercancías, los servicios de alquiler de vehículos y la restauración;
  3. Contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos;
  4. Productos hechos según las especificaciones del consumidor, que no son prefabricados y que se fabrican a partir de una elección o decisión individual del consumidor, o que están claramente destinados a una persona concreta;
  5. Productos que se estropean rápidamente o tienen una vida útil limitada;
  6. Productos precintados que no son aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se ha roto después de la entrega;
  7. Productos que tras su entrega, por su naturaleza, se mezclan irremediablemente con otros productos;
  8. Bebidas alcohólicas cuyo precio se ha acordado al celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene influencia;
  9. Grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se ha roto después de la entrega;
  10. Periódicos, revistas o periódicos, a excepción de las suscripciones a los mismos;
  11. La entrega de contenidos digitales que no sean en un soporte tangible, pero sólo si:

a. la ejecución se ha iniciado con el consentimiento previo explícito del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 – El precio

  1. Durante el periodo de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofertados no se verán incrementados, a excepción de las modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos de IVA.
  2. Al contrario de lo que ocurre en el párrafo anterior, el comerciante puede ofrecer productos o servicios cuyos precios están sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero que escapan al control del comerciante, a precios variables. La oferta debe hacer referencia a este enlace con las fluctuaciones y al hecho de que los precios mencionados son precios recomendados.
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato sólo se permiten si se derivan de la legislación o la normativa.
  4. Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:

a. son el resultado de normas o estipulaciones legales; o
b. el consumidor está autorizado a rescindir el contrato el día en que entra en vigor el aumento de precio.

  1. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 – Cumplimiento del contrato y garantía adicional

  1. El comerciante garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de fiabilidad y/o capacidad de servicio y con las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto al normal.
  2. Una garantía adicional proporcionada por el Empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos legales y las reclamaciones que el Consumidor puede hacer valer contra el Empresario sobre la base del contrato si el Empresario ha incumplido su parte del contrato.
  3. Por garantía adicional se entiende cualquier compromiso del comerciante, su proveedor, importador o productor en el que concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que éste está legalmente obligado a hacer si ha incumplido su parte del contrato.

Artículo 13 – Entrega y ejecución

  1. El empresario pondrá el máximo cuidado en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega es la dirección que el consumidor ha dado a conocer al empresario.
  3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 de las presentes Condiciones Generales, el Empresario ejecutará los pedidos aceptados con celeridad y a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado un plazo de entrega diferente. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no se realiza o se realiza sólo parcialmente, el consumidor los recibe a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. El consumidor en este caso el derecho a rescindir el contrato sin penalización y con derecho a cualquier indemnización.
  4. Tras la disolución de acuerdo con el párrafo anterior, el empresario reembolsará al consumidor el importe pagado sin demora.
  5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante del empresario previamente designado y anunciado, salvo acuerdo expreso en contrario.

Artículo 14 – Operaciones continuas: duración, terminación y renovación

Terminación:

  1. El consumidor podrá contratar por tiempo indefinido y que se extienda a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, denunciando en cualquier momento las normas de rescisión aplicables y con un preaviso no superior a un mes.
  2. El consumidor tiene derecho en todo momento a rescindir un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios al final de la duración determinada, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso que no exceda de un mes.
  3. El consumidor puede los acuerdos mencionados en los párrafos anteriores:

a. terminarlas en todo momento y no limitarse a la terminación en un momento específico o durante un período específico;
b. por lo menos terminarlas de la misma manera en que fueron concluidas por él;
c. siempre los rescata con el mismo preaviso que el empresario ha estipulado para sí mismo.

Renovación:

  1. Un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse o renovarse tácitamente por un plazo determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de periódicos o revistas diarias o semanales podrá renovarse tácitamente por un período máximo de tres meses, si el consumidor puede rescindir el contrato renovado hacia el final del período de renovación, con un plazo de preaviso que no exceda de un mes.
  3. Un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de productos o servicios sólo podrá prorrogarse automáticamente por tiempo indefinido si el consumidor tiene en todo momento el derecho a rescindirlo, con un plazo de preaviso que no exceda de un mes. El plazo de preaviso es de hasta tres meses si el contrato se refiere a la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarias, informativas y semanales.
  4. Un contrato de duración limitada para el suministro regular, a modo de introducción, de periódicos y revistas diarias, informativas y semanales (suscripción de prueba o introductoria) no tiene continuidad automática y finaliza al término del periodo de prueba o introductorio.

Duración:

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, una vez transcurrido un año del acuerdo el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento con un preaviso de hasta un mes, salvo que la razonabilidad y equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice el plazo acordado.

Artículo 15 – Pago

  1. Siempre que no se especifique lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes que deba pagar el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del periodo de reflexión o, en ausencia de éste, en un plazo de 14 días a partir de la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comienza el día siguiente a la recepción por parte del consumidor de la confirmación del contrato.
  2. Cuando se venden productos a los consumidores, nunca se puede exigir al consumidor en las condiciones generales que pague más del 50% por adelantado. Cuando se estipule el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho en relación con la ejecución del pedido o del servicio en cuestión antes de que se haya efectuado el pago por adelantado estipulado.
  3. El consumidor tiene el deber de informar inmediatamente al empresario de las inexactitudes en los datos de pago facilitados o mencionados.
  4. Si el consumidor no cumple con su(s) obligación(es) de pago a tiempo, tras ser notificado por el empresario de la demora en el pago y después de que el empresario haya dado al consumidor un plazo de 14 días para cumplir con sus obligaciones de pago, si no realiza el pago en este plazo de 14 días, deberá el interés legal sobre la cantidad adeudada y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos de cobro extrajudicial.

Artículo 16 – Procedimiento de reclamación

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita la reclamación de acuerdo con este procedimiento de reclamación.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario en un plazo razonable después de que el consumidor haya encontrado los defectos, descritos de forma completa y clara.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán contestadas en un plazo de 14 días, contados a partir de la fecha de recepción. Si la tramitación de una reclamación requiere previsiblemente más tiempo, el comerciante responderá en un plazo de 14 días, confirmando la recepción e indicando cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más elaborada.
  4. También se puede presentar una reclamación sobre un producto, un servicio o el servicio del empresario a través de un formulario de reclamación en la página del consumidor del sitio web de la tienda online.
  5. El consumidor debe dar al comerciante un plazo mínimo de 4 semanas para resolver la reclamación en consulta mutua. Una vez transcurrido este periodo, surge un conflicto que está abierto al procedimiento de resolución de conflictos.

Artículo 17 – Litigios

  1. Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se rigen exclusivamente por la legislación española.
  2. Los litigios entre el consumidor y el empresario sobre la celebración o la ejecución de los contratos relativos a los productos y servicios que deben ser entregados o prestados por este empresario, pueden, a reserva de las disposiciones siguientes, tanto por el consumidor como por el empresario, ser sometidos a la Comisión de litigios en línea.
  3. El Comité de Litigios sólo tomará en consideración un litigio si el consumidor ha presentado primero su reclamación al comerciante en un plazo razonable.
  4. Si la reclamación no da lugar a una solución, el litigio debe someterse a la comisión de litigios en un plazo de 12 meses a partir de la fecha en que el consumidor presentó la reclamación al comerciante, por escrito o en otra forma que determine la comisión.
  5. Cuando el consumidor desea someter un litigio a la Comisión de litigios, el comerciante está obligado a respetar esta elección. Preferiblemente, el consumidor informa primero al empresario.
  6. Cuando el empresario quiera someter un litigio a la Geschillencommissie, el consumidor tendrá que manifestar por escrito, en un plazo de cinco semanas a partir del requerimiento por escrito del empresario, si lo desea o quiere que el litigio sea tratado por el tribunal competente. Si el empresario opta por el consumidor en el plazo de cinco semanas, entonces el empresario tiene derecho a presentar el litigio ante el tribunal competente.
  7. La decisión de la Geschillencommissie se toma bajo las condiciones establecidas en el reglamento de la Geschillencommissie. Las decisiones del Comité de lo Contencioso-Administrativo se adoptan mediante un dictamen vinculante.
  8. La Comisión de litigios no tratará un litigio o pondrá fin a su intervención si el comerciante ha recibido una suspensión de pagos, ha quebrado o ha cesado efectivamente sus actividades comerciales antes de que la comisión tratara el litigio durante una sesión y emitiera una resolución definitiva.
  9. Si, además de la Comisión de Reclamaciones de la Tienda Online, existe otra Comisión de Reclamaciones de los Consumidores reconocida.
  1. la tienda online no modificará estas condiciones salvo que se consulte a la Asociación de Consumidores.
  2. Las modificaciones de las presentes condiciones sólo surtirán efecto una vez que hayan sido publicadas de forma adecuada, entendiéndose que, cuando se produzcan modificaciones aplicables en el curso de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.